Auto Supremo AS/1079/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1079/2018-RA

Fecha: 21-Dic-2018

En consideración a los argumentos del primer motivo, se constata que la parte recurrente denuncia




IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el caso presente, se establece que la parte recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado el 4 de octubre de 2018, interponiendo su recurso de casación el 11 del mismo mes y año; es decir, dentro de los cinco días hábiles que le otorga la ley, en cumplimiento de la exigencia temporal prevista por el art. 417 del CPP, por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad.

En consideración a los argumentos del primer motivo, se constata que la parte recurrente denuncia que el Tribunal de alzada vulneró su derecho a la motivación de las Resoluciones y el debido proceso, en la emisión del Auto de Vista sin la debida fundamentación, arguyendo que tal circunstancia es contraria a la doctrina legal prevista por el Auto Supremo 111 de 31 de enero de 2007 –mismo que según el extracto citado, se encontraría referido a la exigencia de la debida motivación de los fallos-, por cuanto el Tribunal de alzada debió resolver en el fondo cada uno de sus cuestionamientos y no limitarse a un análisis de forma de la Resolución de origen