Auto Supremo AS/1166/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1166/2018

Fecha: 03-Dic-2018

En el AS Nº 52/2017 de 24 de enero ha orientado en sentido que: “En

En el AS Nº 52/2017 de 24 de enero ha orientado en sentido que: “En este entendido, extraña a este Tribunal que los jueces de instancia, no hubieran advertido este defecto en la demanda, más aun cuando el Auto Supremo 309/2016, ya dio el razonamiento necesario para que los de instancia puedan RESOLVER y no seguir dilatando en la forma en que lo han estado haciendo, olvidando la aplicación de uno de los principios como es la CELERIDAD, dilatando el presente caso de Autos en forma innecesaria, cuando la NULIDAD tendría que haber sido dispuesta hasta fs. 72 inclusive, toda vez que la demanda al haber estado dirigida solo en contra uno de los herederos del señor JAIME RAMIREZ SOLARES; titular del inmueble motivo de autos, se dejó en indefensión a los señores RODRIGO RAMIREZ CHOQUE, ROGER Y RAUL RAMIREZ CALLE, por lo que corresponde que antes de otorgarle derechos a la demandante, en caso de resultar procedente su pretensión y consolidarse la misma o de no ser así, se debe descartar cualquier posibilidad que pudiera afectar el derecho de los herederos y siendo evidente que esa omisión ha degenerado el actual proceso, este debe ser saneado, ya que se ha vulnerado el derecho a la defensa y el debido proceso”