Auto Supremo AS/1185/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1185/2018

Fecha: 03-Dic-2018

¨Nuestro ordenamiento jurídico norma el instituto de la usucapión en el Código Civil en los

¨Nuestro ordenamiento jurídico norma el instituto de la usucapión en el Código Civil en los art. 134 al 138, los cuales se encuentran en total vigencia y aplicación; dichas normas distinguen dos clases, USUCAPIÓN QUINQUENAL Y USUCAPIÓN DECENAL, la primera es aquella que se suscita por la posesión de un bien durante cinco años continuados (art. 134 CC), donde se acortan los plazos para usucapir, siempre y cuando se cumplan con los requisitos exigidos para dicha figura; y la segunda se produce por la posesión de un bien durante diez años continuados (art. 138 CC), donde se exigen menores requisitos pero el plazo es más largo¨