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3. Notificadas las partes el 17 de octubre de 2018, Elena Rodríguez de Laime, Bernardina Rodríguez de Peñaloza, Casta Rodríguez Mamani de Espinoza, Reinaldo, Norah de apellidos Rodríguez Mamani y Juan Jhonny Laime Álvarez, apoderada de María Teresa Rodríguez Mamani presentaron el recurso de casación de fs. 494 a 497 vta., el 29 de octubre del año que transcurre
- CONSIDERANDO I
- Tramitado así el proceso ordinario de determinación de bien ganancial y consiguiente nulidad hasta dictar
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- CONSIDERANDO II
- De la revisión de antecedentes se tiene que, los recurrentes cumplieron con el requisito del
- II.3. De la legitimación procesal
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación de fs
- 2.Acusó defectuosa valoración de la prueba testifical
- Peticionando en definitiva casar y/o anular el Auto de Vista de 24 de septiembre de
- Peticionando casar parcialmente el Auto de Vista recurrido
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
