Tramitado así el proceso ordinario de determinación de bien ganancial y consiguiente nulidad hasta dictar
Tramitado así el proceso ordinario de determinación de bien ganancial y consiguiente nulidad hasta dictar Sentencia Nº 8/2018 de 9 de febrero, que declaró Probada parcialmente la demanda de fs. 48 a 52 vta., de determinación de ganancialidad y consiguiente nulidad de documento impetrada por la Dionicia Coca Ledezma Vda. de Camacho. Consiguientemente el Ab quo declaró la ganancialidad del inmueble con Matrícula Nº 3.01.1.02.0031125, lote de terreno Urb. Sarco, Lote Nº 255 de 300 m2. Asimismo, declaró la Nulidad parcial de la transferencia realizada por documento privado de 12 de mayo de 1998. Por otro lado, el Juez determinó que se Mantiene el gravamen hipotecario a favor de Jenny Magaly García Jiménez, sobre las acciones y derechos que corresponde a los herederos de María Mamani del 50% del inmueble objeto de litis
- CONSIDERANDO I
- Tramitado así el proceso ordinario de determinación de bien ganancial y consiguiente nulidad hasta dictar
- 2
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- CONSIDERANDO II
- De la revisión de antecedentes se tiene que, los recurrentes cumplieron con el requisito del
- II.3. De la legitimación procesal
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación de fs
- 2.Acusó defectuosa valoración de la prueba testifical
- Peticionando en definitiva casar y/o anular el Auto de Vista de 24 de septiembre de
- Peticionando casar parcialmente el Auto de Vista recurrido
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
