Auto Supremo AS/1200/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1200/2018

Fecha: 06-Dic-2018

Es por ello que para la procedencia de esta acción reivindicatoria no es necesario que

Es por ello que para la procedencia de esta acción reivindicatoria no es necesario que el propietario demuestre cómo ha perdido la posesión del bien inmueble pretendido o la violencia que hubieran ejercido contra él, sino que por el contrario el propietario por el sólo hecho de ser propietario cuenta con los elementos del corpus y el ánimus, razón por la cual lo reclamado por la parte recurrente, no tiene sustento, porque para la procedencia de la acción reivindicatoria no interesa en que momento la demandante habría entrado en posesión o realizado las construcciones del inmueble, o que no hubiera poseído ni un solo instante, como pretende la parte recurrente ya que como lo dijimos antes el propietario, es decir, la parte demandante cuenta con derecho propietario debidamente registrado en Derechos Reales que le ampara para poder recuperar el referido inmueble