VISTOS: El recurso de casación de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 26
Sucre, 8 de febrero de 2018
Expediente : 458/2016
Demandante : María Martha Huanca Cruz
Demandado : Corporación de Seguro Social Militar COSSMIL
Proceso : Beneficios Sociales
Departamento : La Paz
Magistrada Relatora : María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: El recurso de casación de fs. 495 a 497, interpuesto por la Corporación de Seguro Social Militar (COSSMIL); y el recurso de casación de fs. 501 a 504 vta., interpuesto por María Martha Huanca Cruz, impugnando el Auto de Vista Nº 47/2016 de 12 mayo de fs. 486 a 787 vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso por pago de beneficios sociales, seguido por María Martha Huanca Cruz contra COSSMIL, el Auto de fs. 511 que concedió los recursos de casación; el Auto Supremo Nº 458-A de fs. 518 que admitió los recursos; los antecedentes del proceso; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Sentencia
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 318/2014 de 24 de diciembre de fs. 344 a 347 que declaró probada en parte la demanda de fs. 45 a 50, y probada en parte la excepción perentoria de pago de fs. 73 a 75, disponiendo en consecuencia que la Corporación del Seguro Social Militar COSSMIL, a través de su representante, cancele a favor de la demandante la suma de Bs. 47.483,29 por concepto de indemnización, aguinaldo, vacación, bono de antigüedad, incrementos salariales, y multa del 30%
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 26
Sucre, 8 de febrero de 2018
Expediente : 458/2016
Demandante : María Martha Huanca Cruz
Demandado : Corporación de Seguro Social Militar COSSMIL
Proceso : Beneficios Sociales
Departamento : La Paz
Magistrada Relatora : María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: El recurso de casación de fs. 495 a 497, interpuesto por la Corporación de Seguro Social Militar (COSSMIL); y el recurso de casación de fs. 501 a 504 vta., interpuesto por María Martha Huanca Cruz, impugnando el Auto de Vista Nº 47/2016 de 12 mayo de fs. 486 a 787 vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso por pago de beneficios sociales, seguido por María Martha Huanca Cruz contra COSSMIL, el Auto de fs. 511 que concedió los recursos de casación; el Auto Supremo Nº 458-A de fs. 518 que admitió los recursos; los antecedentes del proceso; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Sentencia
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 318/2014 de 24 de diciembre de fs. 344 a 347 que declaró probada en parte la demanda de fs. 45 a 50, y probada en parte la excepción perentoria de pago de fs. 73 a 75, disponiendo en consecuencia que la Corporación del Seguro Social Militar COSSMIL, a través de su representante, cancele a favor de la demandante la suma de Bs. 47.483,29 por concepto de indemnización, aguinaldo, vacación, bono de antigüedad, incrementos salariales, y multa del 30%
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Argumentos de los recursos de casación
- 1
- 2
- En ese sentido, concluyó solicitando que se revoque el Auto de Vista Nº 47/2016 y
- Recurso de Casación de la parte actora
- 1) Acusó que el tribunal ad quem incurrió en errónea aplicación de la Ley y
- 2) manifiesta que al no haberse dispuesto el pago de los incrementos salariales se afectó
- 3) Refiere que el juez a quo solo le otorgó las vacaciones de la gestión
- En ese sentido, concluyó solicitando que se case el auto de vista, por violación, errónea
- 2
- 3
- Consiguientemente, siendo evidente en parte las infracciones de las disposiciones acusadas en el recurso, corresponde
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
