4)En cuanto al cuarto agravio de apelación planteado al amparo del art
4)En cuanto al cuarto agravio de apelación planteado al amparo del art. 370 inc. 6) del CPP, sostiene el recurrente que el Auto de Vista impugnado, no consideró que el Tribunal de Sentencia no realizó la debida fundamentación descriptiva en el entendido de que no realizó una consignación de cada elemento probatorio útil, mediante una referencia explícita de los aspectos sobresalientes de su contenido, no consideró la falta de fundamentación analítica o intelectiva, en el entendido de que no sólo se trata de apreciar cada elemento de juicio en su individualización, sino de aplicar conclusiones obtenidas de un elemento a otro, atribuyéndosele la comisión de los delitos de Extorsión, Robo y Secuestro, sin cumplir lo expresado en la doctrina legal aplicable contenida en el Auto Supremo 384/2005 de 26 de septiembre
- Por memorial presentado el 15 de noviembre de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 3)Respecto al tercer agravio de apelación, expresa que el Tribunal de alzada asumió que la
- 4)En cuanto al cuarto agravio de apelación planteado al amparo del art
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En la misma línea de reclamo, en el segundo motivo, el recurrente denuncia que el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
