CONSIDERANDO II
CONSIDERANDO II:
II.1. Fundamentos jurídicos del fallo
Los arts. 210 al 212 del CPT, de manera genérica hacen referencia al recurso de nulidad o casación, ante esta situación es oportuno recordar que con la previsión del art. 252 del mismo cuerpo legal a tiempo de conocer y resolver en esta materia, un recurso extraordinario de impugnación, como es una casación, sea esta en la forma o en el fondo, imperativamente se debe observar lo previsto en el Código de Procedimiento Civil, siempre que ello no signifique vulnerar los principios generales del Derecho Procesal Laboral
II.1. Fundamentos jurídicos del fallo
Los arts. 210 al 212 del CPT, de manera genérica hacen referencia al recurso de nulidad o casación, ante esta situación es oportuno recordar que con la previsión del art. 252 del mismo cuerpo legal a tiempo de conocer y resolver en esta materia, un recurso extraordinario de impugnación, como es una casación, sea esta en la forma o en el fondo, imperativamente se debe observar lo previsto en el Código de Procedimiento Civil, siempre que ello no signifique vulnerar los principios generales del Derecho Procesal Laboral
- CONSIDERANDO I
- Contra dicha Resolución, Luis Fernando Suárez Justiniano en representación legal de Juan Joaquín Brychcy Canido,
- Daniel Daher Nazral, en representación de la Sociedad Comercial Edmund Tranfer
- Por tal motivo, solicita que el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista
- Por memorial cursante de fs
- CONSIDERANDO II
- Este Tribunal revisará las actuaciones procesales que llegan a su conocimiento, con el objeto de
- Con este antecedente, se tiene presente que según la doctrina, cuando una autoridad judicial emite
- Al conocer un recurso de casación, sea en la forma o en el fondo, tiene
- El recurso de casación, presentado por el recurrente, quien por haberse sentido conforme con la
- Conforme los motivos argumentados en el recurso de casación se concluyen lo siguiente
- Por otra parte, la falta de congruencia en las resoluciones, es un defecto procesal que
- En el caso presente, según consta en la fundamentación del Auto de Vista impugnado, el
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- Adicionalmente, sobre la supuesta vulneración de los arts
- En consecuencia, la empresa recurrente no ha señalado de forma clara los fundamentos jurídicos por
- Por lo relacionado, corresponde resolver el recurso de acuerdo a lo previsto en el art
- Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
