Hacen notar que ese impedimento legal no conocían hasta después de haberse emitido la Sentencia,
Hacen notar que ese impedimento legal no conocían hasta después de haberse emitido la Sentencia, razón por la cual no pudieron interponer recusación oportunamente, sino que lo conocieron al formular denuncia ante el Ministerio de Justicia, porque entre otras irregularidades que se cometieron en el juicio, se estableció que las actas de las declaraciones de los testigos y víctimas, aparecían cambiadas por la Secretaria del Tribunal por orden de los tres jueces, conforme la declaración de la secretaria y el desdoblamiento realizado por la IICUP policial presentadas como pruebas, que sin embargo no fueron observadas ilegalmente por el Tribunal de alzada, queriendo hacer ver que fueron presentadas después de la emisión de la Sentencia cuando en realidad hasta la presentación de estas pruebas no existía la sentencia, por lo que no tuvieron otra que falsificar las fechas del Auto de Vista y su Auto Complementario; lo que implica, la vulneración del principio del Juez Natural e Imparcial, desconociendo derechos constitucionales, pues el Tribunal de alzada se limitó a aplicar literalmente los arts. 408 y 410 del CPP, al no existir fundamento racional y menos legal para indicar que su pretensión como recurrente era la revalorización de pruebas, al no haberlo solicitado nunca
- Por memorial presentado el 27 de julio de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Hacen notar que ese impedimento legal no conocían hasta después de haberse emitido la Sentencia,
- En la parte final del memorial, previa glosa parcial del Auto Supremo 522 de 20
- 2)A partir del contenido del art
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Es así, que del análisis del memorial de casación, se evidencia que los recurrentes en
- Por último, con relación al tercer motivo, se constata que los recurrentes asumen que el
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
