De igual forma se advierte que los recurrentes, al margen de identificar las resoluciones impugnadas,
De igual forma se advierte que los recurrentes, al margen de identificar las resoluciones impugnadas, es decir el Auto de Vista de 03/07/2017 y el Auto complementario de 13/11/2017, los cuales fueron pronunciados dentro del presente proceso ordinario de nulidad de documento de transferencia y reivindicación del 50% de la totalidad del inmueble, más pago de daños y perjuicios; éstos gozan de plena legitimación procesal para interponer recurso de casación, toda vez que interpusieron oportunamente recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia, que dio lugar a la emisión de un Auto de Vista que sólo revocó parcialmente la sentencia; en ese sentido resulta permisible la interposición del recurso de casación contra las resoluciones de segunda instancia conforme al sistema de impugnación vertical así como a lo dispuesto en los arts. 270 y 272 del Código Procesal Civil
- Torrico Delgadillo y
- totalidad
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I
- De igual forma, el Juez de la causa, ante la solicitud de enmienda y complementación
- Resoluciones de primera instancia que al haber sido recurridas en apelación por Emilio Zenteno Zurita
- Asimismo, el Tribunal de Alzada, ante la solicitud de aclaración, explicación y complementación que fue
- Fallos de segunda instancia que son recurridos en casación por Jorge Marcelo Terán Lizarazu en
- En el marco de lo preceptuado en el art
- Emitido el Auto de Vista de fecha 3 de julio de 2017 que cursa de
- De igual forma se advierte que los recurrentes, al margen de identificar las resoluciones impugnadas,
- II.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación, se observa que Emilio Zenteno Zurita y María
- De estas consideraciones se verifica que el presente recurso de casación cumple con las exigencias
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
