Auto Supremo AS/0055/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0055/2018-RA

Fecha: 14-Feb-2018

Regístrese, hágase saber y devuélvase


Por otra parte, se debe dejar establecido que en esta etapa se verifica la legalidad del Auto de Vista que resuelve una apelación restringida; sin embargo, en los últimos motivos traídos en casación, se establecen que sus fundamentos están dirigidos contra la legalidad de la Sentencia, pretendiendo el recurrente que este Tribunal Supremo de Justicia realice un nuevo control de legalidad de dicho fallo dentro de una etapa procesal que no se encuentra reservada para ello, puesto que la misma ya fue objeto de análisis por parte del Tribunal de alzada, en todo caso correspondía al recurrente identificar expresamente cuáles son los argumentos del Tribunal de alzada que considera atentatorios a sus derechos y garantías constitucionales, en consecuencia no es posible retrotraer etapas y menos utilizar un instituto jurídico desnaturalizando su verdadero alcance y objetivo.

Las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, como se dijo antes no pueden ser suplidas de oficio ni con la mera referencia de vulneración al debido proceso o concurrencia de defectos absolutos como se observa también en el presente motivo, pues a efectos de ingresar al fondo del agravio vía flexibilización, el recurrente tenía la obligación de cumplir con los presupuestos explicados en la parte final del acápite anterior de esta Resolución, mismos que fueron omitidos, al no realizar mayor argumentación al no señalar en qué consistiría la restricción o disminución de las citadas garantías y menos se explica el resultado dañoso, derivando en que el agravio resulte inadmisible, aun acudiendo a los criterios de flexibilización.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Manfredo Roberto López Gallardo, de fs. 449 a 465.

Regístrese, hágase saber y devuélvase