Como segundo motivo reclaman afectación al debido proceso en sus vertientes tutela judicial efectiva, y
En el primer motivo del recurso los recurrentes denuncian violación al debido proceso en su vertiente congruencia y legalidad dentro del marco previsto por los Arts. 115 II, 179 I, de la CPE, por interpretación errónea y no aplicación de los arts. 396, 399 y 408 del CPP, señalando que a pesar que la víctima incumplió las condiciones del art. 408 con relación al art. 396 inc. 3) del CPP, su recurso de apelación restringida fue admitido y desencadenó la anulación de la Sentencia, cuando en todo caso el Tribunal de apelación debió rechazarlo por inadmisible, invocando al respecto el Auto Supremo 058/2007 de 27 de enero, como precedente contradictorio.
Como segundo motivo reclaman afectación al debido proceso en sus vertientes tutela judicial efectiva, y el principio de inmediación, en el marco de los arts. 115 II. y 180 I. de la CPE, con relación los arts. 12, 329 y 344 del CPP, por infracción del art. 173 del CPP, incurriendo en defecto absoluto insubsanable, conforme dispone el art. 169 inc. 3) del Adjetivo Penal, pues los de alzada transgredieron el art. 407 del CPP, al haber ingresado al análisis de una pericia psicológica sobre la que el Tribunal de Sentencia ya habría valorado, así como cuestionar la intervención en juicio oral de la responsable de su elaboración, señalando como precedente contradictorio el Auto Supremo 761/2013 de 18 de diciembre
- Por memorial presentado el 17 de octubre de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- c)Por diligencia de 10 de octubre de 2017 (fs
- Del memorial del recurso de casación, previa exposición de antecedentes procesales, los recurrentes plantean como
- 2)Denuncian violación al debido proceso en sus vertientes tutela judicial efectiva, inmediación, en el marco
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- De la revisión de antecedentes, se tiene que los recurrentes cumplieron con el primer requisito
- Como segundo motivo reclaman afectación al debido proceso en sus vertientes tutela judicial efectiva, y
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
