En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado el 28 de agosto de 2017, interponiendo su recurso de casación el 1 de septiembre del mismo año; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley, en cumplimiento del requisito temporal exigido por el art. 417 del CPP, por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad
- Por memorial presentado el 1 de septiembre de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Refiere que el Ministerio Público en sus conclusiones precisó que es un delito flagrante y
- El art
- Penales de estos Tribunales o del Tribunal Supremo de Justicia; entendiéndose que existe contradicción cuando
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- IV.ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
- La recurrente en sus motivos primero y segundo, de su recurso de casación, atribuye aspectos
- Del análisis de la fundamentación de los referidos motivos, se evidencia que la recurrente utilizó
- Por otra parte la recurrente invocó en calidad de precedentes contradictorios los Autos Supremos 7
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
