I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 86
Sucre, 14 de marzo de 2018
Expediente : 015/2017
Demandante : Ygnacia Rut Torrez Serrano
Demandado : Tito Yosau Tomita Kochi
Proceso : Pago de beneficios sociales
Distrito : Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Ygnacia Rut Torrez Serrano a través de su apoderado José Luis Cerezo Lambertin, de fs. 170 a 172; y, el recurso de casación en el fondo interpuesto por Tito Yosau Tomita Kochi a través de su apoderado Oscar Atsushi Tomita Kochi, de fs. 175 a 176; ambos recursos contra el Auto de Vista N° 24 de 29 de marzo de 2016, cursante de fs. 166 a 168, pronunciado por la Sala Social, Contenciosa Tributaria y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; en la demanda de pago de beneficios sociales interpuesta por Ygnacia Rut Torrez Serrano contra Tito Yosau Tomita Kochi; el Auto de 24 de octubre de 2016 (fs. 180), que concedió ambos recursos; el Auto Supremo Nº 15-A de 16 de enero de 2017 (fs. 189), por el cual se declara admisibles ambos recursos de casación interpuestos; los antecedentes procesales; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia
Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales por Ygnacia Rut Torrez Serrano, y tramitado el proceso, la Juez Cuarta del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, pronunció la Sentencia Nº 11 de 13 de febrero de 2015, de fs. 137 a 140, donde declaró probada la demanda de fs. 7 a 8, con costas; disponiendo que el demandado Tito Yosau Tomita Kochi cancele a favor de la actora, la suma de Bs71.522,84 (setenta y un mil quinientos veintidós 84/100 bolivianos), por concepto de beneficios sociales y derechos adquiridos, incluida la multa determinada en el art. 9-II del DS 28699 de 1 de mayo de 2006
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 86
Sucre, 14 de marzo de 2018
Expediente : 015/2017
Demandante : Ygnacia Rut Torrez Serrano
Demandado : Tito Yosau Tomita Kochi
Proceso : Pago de beneficios sociales
Distrito : Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Ygnacia Rut Torrez Serrano a través de su apoderado José Luis Cerezo Lambertin, de fs. 170 a 172; y, el recurso de casación en el fondo interpuesto por Tito Yosau Tomita Kochi a través de su apoderado Oscar Atsushi Tomita Kochi, de fs. 175 a 176; ambos recursos contra el Auto de Vista N° 24 de 29 de marzo de 2016, cursante de fs. 166 a 168, pronunciado por la Sala Social, Contenciosa Tributaria y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; en la demanda de pago de beneficios sociales interpuesta por Ygnacia Rut Torrez Serrano contra Tito Yosau Tomita Kochi; el Auto de 24 de octubre de 2016 (fs. 180), que concedió ambos recursos; el Auto Supremo Nº 15-A de 16 de enero de 2017 (fs. 189), por el cual se declara admisibles ambos recursos de casación interpuestos; los antecedentes procesales; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia
Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales por Ygnacia Rut Torrez Serrano, y tramitado el proceso, la Juez Cuarta del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, pronunció la Sentencia Nº 11 de 13 de febrero de 2015, de fs. 137 a 140, donde declaró probada la demanda de fs. 7 a 8, con costas; disponiendo que el demandado Tito Yosau Tomita Kochi cancele a favor de la actora, la suma de Bs71.522,84 (setenta y un mil quinientos veintidós 84/100 bolivianos), por concepto de beneficios sociales y derechos adquiridos, incluida la multa determinada en el art. 9-II del DS 28699 de 1 de mayo de 2006
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En conocimiento de la Sentencia, Tito Yosau Tomita Kochi por intermedio de su apoderado Oscar
- II. FUNDAMENTOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- En conocimiento del Auto de Vista N° 24 de 29 de marzo de 2016, la
- Solicita se case en parte el Auto de Vista recurrido, y pronunciándose sobre el fondo
- Recurso de casación de la parte demandada
- En conocimiento del Auto de Vista N° 24 de 29 de marzo de 2016, a
- 2
- Petitorio
- Solicita se disponga la remisión del expediente en grado de casación en el fondo ante
- Expuestos así los fundamentos de ambos recursos de casación en el fondo, se pasa a
- También debe tomarse en cuenta, que uno de los principios de la jurisdicción ordinaria es
- 1
- En consecuencia, los beneficios sociales a cancelarse, son los mismos que los reconocidos en el
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
