Bajo este contexto, en el caso concreto, se advierte que el recurso de casación propuesto,
Bajo este contexto, en el caso concreto, se advierte que el recurso de casación propuesto, no cumple con las exigencias antes anotadas, toda vez que, el demandante se limitó realizar un relato confuso de su relación laboral en la entidad demandada, sin tomar en cuenta que el recurso de casación debe contener reclamos referentes a posibles infracciones en las cuales habría incurrido el Tribunal ad quem al emitir el Auto de Vista, lo cual no permite a este Tribunal comprender que resultado quiere conseguir con el presente recurso de casación, en ese mismo sentido, tampoco estableció de forma precisa el error de derecho o de hecho en la apreciación de las pruebas; de igual manera, no precisó qué ley sustantiva o adjetiva habría sido violada, interpretada de forma errónea o aplicada indebidamente por el Auto de Vista recurrido, impidiendo de tal manera que este Tribunal pueda realizar el control jurisdiccional al respecto, pues no se menciona norma alguna que los de instancia, a criterio del recurrente, habrían vulnerado o violado, interpretado en forma errónea o haberla aplicado en forma indebida
- Distrito: Beni
- Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
- CONSIDERANDO I
- I.2 Auto de Vista
- Dicha sentencia fue recurrida en apelación por ambas partes (fs
- El mencionado Auto de Vista originó que ambas partes formulen los recursos de casación cursantes
- Concluyó solicitando que se case el Auto de Vista N| 73/2017, y se deje
- Que el juez a quo llegó a la conclusión que el contrato de trabajo
- Continuó refiriendo que no es cierto lo afirmado respecto a la existencia de dos contratos,
- Manifestó que le es imposible profundizar los fundamentos de su desacuerdo con lo expuesto,
- Finalmente señaló que la resolución impugnada no estaría fundamentada ni motivada, ya que no se
- CONSIDERANDO II
- Que, en el caso presente, revisando los recursos interpuestos, se evidencia que los mismos fueron
- Al efecto antes indicado, se tiene que, conforme a los datos venidos a este Tribunal,
- Contra este Auto de Vista, la entidad demandada interpuso el presente recurso de casación, evidenciándose
- La cronología de fechas precedente, permite afirmar que el recurso de casación fue presentado fuera
- Por otra parte, los plazos procesales a partir de la vigencia anticipada del Código Procesal
- Consecuentemente, se establece que el recurso de casación deducido por el Gobierno Autónomo Municipal de
- Por lo señalado, corresponde resolver el recurso de casación presentado por la entidad demandada conforme
- Que, interpuesto el recurso de casación, es necesario precisar, que la abundante doctrina y jurisprudencia
- Asimismo, cabe recordar que conforme al art
- Bajo este contexto, en el caso concreto, se advierte que el recurso de casación propuesto,
- En ese sentido, mal podría este Tribunal casar un Auto de Vista sin que la
- Por lo señalado, corresponde resolver el recurso de casación interpuesto por Rony Rodal Parada conforme
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese y notifíquese.
