Por ello argumenta que se habría vulnerado sus derechos a la defensa, presunción de inocencia,
Por ello argumenta que se habría vulnerado sus derechos a la defensa, presunción de inocencia, debido proceso y doble instancia, previstos por los arts. 115-I y II, 116-I, 117-I, 120-I y 180-II de la Constitución Política del Estado (CPE), 8 y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos, citando para ese efecto sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado, las SCP Nos. 0112/2012 de 27 de abril y 0140/2012 de 9 de mayo y la SC 0092/2010-R que orientó sobre la distinción entre autos interlocutorios simples y autos interlocutorios definitivos, para concluir que en resguardo de sus derechos a la impugnación y defensa, citando el AS Nº 947/2016 de 11 de agosto, por el que se establece que actualmente rige un sistema garantista en el que prevalece más la justicia que los formalismos extremos, afirmó que interpone el recurso de compulsa para que este Tribunal previa revisión de los antecedentes, disponga la procedencia del recurso y ordenen su concesión
- I.- Argumentos del recurso de compulsa
- Fundamenta el compulsante que si bien se cita dicha norma y jurisprudencia, empero no precisa
- Por ello argumenta que se habría vulnerado sus derechos a la defensa, presunción de inocencia,
- De la revisión de los antecedentes adjuntos al recurso de compulsa se establece lo siguiente
- Luego de la solicitud de aclaración, complementación y enmienda, que fue rechazada por Auto Nº
- III.- Fundamentos jurídicos del fallo y análisis del caso en concreto
- En el caso presente se alega que se hubiese negado de manera indebida el recurso
- En ese entendido, lo determinado en dicha resolución, en relación a lo establecido en el
- Además se establece que dicha determinación de ninguna manera pone fin al litigio, conforme erradamente
- En conclusión, de acuerdo a los fundamentos que anteceden, se establece que el Tribunal de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- En aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y notifíquese.
