De la revisión del recurso de casación que cursa de fs
II.2.2. Análisis del contenido del recurso de casación
De la revisión del recurso de casación que cursa de fs. 415 a 423 vta., se observa que el codemandado Edwing Cupertino Delgadillo Arias, acusa los mismos reclamos inmersos en el recurso de casación de la codemandada Silvia Roxana Delgadillo Arias; en consecuencia al ser ambos recursos perfectamente idénticos, nos remitimos a lo extractado en el punto II.1.2., de la presente resolución, y por ende a la conclusión de que este recurso de casación también cumple con las exigencias establecidas en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, hechos que hacen admisible la consideración del mismo, correspondiendo en consecuencia su análisis y resolución conforme a derecho
De la revisión del recurso de casación que cursa de fs. 415 a 423 vta., se observa que el codemandado Edwing Cupertino Delgadillo Arias, acusa los mismos reclamos inmersos en el recurso de casación de la codemandada Silvia Roxana Delgadillo Arias; en consecuencia al ser ambos recursos perfectamente idénticos, nos remitimos a lo extractado en el punto II.1.2., de la presente resolución, y por ende a la conclusión de que este recurso de casación también cumple con las exigencias establecidas en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, hechos que hacen admisible la consideración del mismo, correspondiendo en consecuencia su análisis y resolución conforme a derecho
- Partes: Julia Arias Vda
- Proceso: Nulidad de escritura pública y otro
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Edwing Cupertino Delgadillo
- Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Silvia Roxana Delgadillo Arias (memorial
- En el marco de lo preceptuado en el art
- De igual forma se advierte que la recurrente, al margen de identificar la resolución impugnada,
- II.1.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- Por los fundamentos expuestos solicita se case el Auto de Vista recurrido, y en el
- De estas consideraciones se verifica que el presente recurso de casación cumple con las exigencias
- Emitido el Auto de Vista Nº S-436/2017 de fecha 04 de octubre que cursa de
- De igual forma se advierte que el recurrente, al margen de identificar la resolución impugnada,
- De la revisión del recurso de casación que cursa de fs
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
