Auto Supremo AS/0122/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0122/2018-RA

Fecha: 12-Mar-2018

De igual forma, en el segundo motivo el recurrente luego de realizar una cita parcial


De igual forma, en el segundo motivo el recurrente luego de realizar una cita parcial de los fundamentos consignados en el numeral 3.2 del Auto de Vista impugnado, el cual hace referencia e invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 267/2013-RRC de 17 de octubre, que conforme la glosa transcrita refiere al proceso de subsunción penal y su relación con la Constitución Política del Estado; y, al igual que en el motivo precedente se limitó a indicar luego de la transcripción parcial del Auto Supremo invocado, que son principios tomados en cuenta por la Resolución de mérito, incumpliendo con la carga procesal de efectuar la debida fundamentación respecto a la comparación de hechos similares y de las normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos entre el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado. Asimismo de lo manifestado respecto a que el agravio expuesto “…tiene precedente contradictorio con relación al numeral primero del presente recurso donde la doctrina legal aplicable determina como se subsume el hecho realizado la conducta antijurídica realizada”, corresponde señalar que no resulta posible desentrañar el verdadero alcance y voluntad del recurrente, ya que no se comprende a qué precedente hace referencia, no pudiendo este Tribunal Casacional indagar qué habría querido decir el impugnante, falencias que no permiten a este Tribunal abrir su competencia para considerar en el fondo este segundo motivo, deviniendo por ende en inadmisible