Auto Supremo AS/0125/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0125/2018-RA

Fecha: 12-Mar-2018

De igual forma, se observa que la recurrente, al margen de identificar la resolución impugnada,

Emitido el Auto de Vista S.C.C.II Nº 32/2018 de fecha 29 de enero que cursa de fs. 218 a 220 vta., se observa que este fue puesto en conocimiento de la demandada, ahora recurrente, en fecha 30 de enero de 2018, tal como se tiene de la papeleta de notificación de fs. 221, y como el recurso de casación fue presentado en fecha 15 de febrero de 2018, conforme se evidencia del timbre electrónico de fs. 226, es que se infiere que el citado medio de impugnación, objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los 10 días hábiles.
De igual forma, se observa que la recurrente, al margen de identificar la resolución impugnada, es decir el Auto de Vista S.C.C.II 32/2018 de fecha 29 de enero que fue pronunciado dentro del presente proceso ordinario de reivindicación, ésta goza de plena legitimación procesal para recurrir en casación, toda vez que por memorial de fs. 195 a 198 vta., interpuso oportunamente recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia, impugnación que dio lugar a la emisión de un auto de vista confirmatorio, por lo que se colige que la interposición del recurso de casación es completamente permisible, esto conforme al sistema de impugnación vertical como a lo establecido en los arts. 270 y 272 del Código Procesal Civil