Auto Supremo AS/0126/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0126/2018-RA

Fecha: 12-Mar-2018

En el presente caso se advierte la falta de notificación al recurrente; sin embargo de


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el presente caso se advierte la falta de notificación al recurrente; sin embargo de ello al haber interpuesto su recurso de casación antes de que se proceda a la notificación a la parte contraria con el Auto de Vista recurrido y estas en la etapa pertinente no realizaron observación alguna, se entiende que el recurrente se dio tácitamente por notificado con dicha Resolución impugnada al momento de interponer su recurso de casación; es decir, que lo habría realizado dentro del plazo que le otorga la ley, en cumplimiento del requisito temporal exigido por el art. 417 del CPP, por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad