Por memorial presentado el 10 de marzo de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 126/2018-RA
Sucre, 12 de marzo de 2018
Expediente: La Paz 6/2018
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Raúl Burgoa Verástegui
Delitos : Estafa y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 10 de marzo de 2017, cursante de fs. 315 a 318 vta., Raúl Burgoa Verástegui, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 118/2016 de 28 de noviembre, de fs. 311 a 314, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y José Oscar Languidey Fariñas contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Estafa y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 335 y 337 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 126/2018-RA
Sucre, 12 de marzo de 2018
Expediente: La Paz 6/2018
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Raúl Burgoa Verástegui
Delitos : Estafa y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 10 de marzo de 2017, cursante de fs. 315 a 318 vta., Raúl Burgoa Verástegui, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 118/2016 de 28 de noviembre, de fs. 311 a 314, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y José Oscar Languidey Fariñas contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Estafa y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 335 y 337 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 10 de marzo de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el presente caso se advierte la falta de notificación al recurrente; sin embargo de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
