7)Precisan que el Fallo impugnado no tomó en cuenta lo expresado en el Auto Supremo
5)Denuncian “inobservancia, errónea aplicación, interpretación e infracción directa de la ley” (sic) ya que los delitos incursos en la querella y acusación, con énfasis en el art. 252 incs. 2), 3), 4) y 6) del CP, no figuran en el Auto Interlocutorio 22/2015 de 9 de febrero, situación ante la que se configura un error in judicando. El Tribunal de alzada debió anular la Sentencia conforme establecería el Auto Supremo 0282014-RRC de 18 de febrero.
También califica como errónea interpretación e infracción directa de la ley, que la Sentencia base su fundamento en el Auto Supremo “239/2012”, que en criterio de la parte recurrente corresponde a otro caso.
6)Enunciando la jurisprudencia contenida en los Autos Supremos 183 de 6 de febrero de 2007 y “65/20122-RA” de 19 de abril (de la que se transcribe un fragmento), arguyen la existencia de defectos de la sentencia relativos a los incs. 1), 5) y 6) del art. 370 del CPP, al no consignar todos los hechos debatidos en juicio, situación ante la que los recurrentes manifiestan que el Auto de Vista debe ser dejado sin efecto pues afirmaría “que todo está bien” (sic).
7)Precisan que el Fallo impugnado no tomó en cuenta lo expresado en el Auto Supremo 131 de 13 de mayo de 2005, pues la lectura de la Sentencia en forma íntegra fue realizada fuera del término establecido en los arts. 334, 335 y 336 del CPP, defecto absoluto que no fue corregido ni tomado en cuenta. De este reclamo, también forma parte lo argüido sobre la suspensión de la audiencia de juicio oral fuera de los plazos y circunstancias previstos en la norma procesal
- Por memorial presentado el 15 de septiembre de 2017, de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- b)Contra la referida Sentencia, los acusadores particulares Luzmila Iluca Mamani Yapuchura y Leónidas Calle Layme
- c)Por diligencia de 8 de septiembre de 2017 (fs
- Previo relato de una versión de los hechos que motivaron el proceso, señalando que se
- En similar dirección alegan que los informes de los investigadores asignados al caso dan pie
- 3)Bajo el epígrafe “la fundamentación de la sentencia es insuficiente incongruente y contradictoria” (sic), e
- 4)Reclaman, que el Tribunal de Sentencia no asignó valor a todos los elementos de prueba
- Sobre esta misma temática, profundizan la acusación sobre la validez de las atestaciones de cargo
- 7)Precisan que el Fallo impugnado no tomó en cuenta lo expresado en el Auto Supremo
- 8)El desarrollo de la audiencia de juicio oral no se enmarcó al art
- 9)Acusan incongruencia en el Auto de Vista indicando que la condena no abarca todos los
- 10)Calificando como “otra falsedad” (sic) aducen que las actas de audiencia no reflejan la realidad
- 11)Califican como contravención al debido proceso la audiencia de inspección ocular realizada por el Tribunal
- 12)Agregan que además de dispersión de la prueba, no se dispuso la declaración de la
- 13)Concluyen señalando que el Auto de Vista impugnado no se pronunció sobre el recurso de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el 8 de septiembre de 2017, los
- En cuanto a los demás requisitos que hacen la admisión del recurso de casación,
- i
- No corresponde a esta Sala Penal, suplir la actividad porque la regulación del recurso de
- ii
- Para el caso del recurso de casación, debe tenerse presente su condición de extraordinario, tanto
- iii
- En el caso de autos se trata del segundo recurso de casación que los acusadores
- La Sala comprobó, que el recurso formulado por Luzmila Iluca Mamani Yapuchura y Leónidas Calle
- Asimismo, pese a que al momento de la emisión de los Autos Supremos 232/2016-RA de
- Lo expuesto no solo enlaza con los defectuosos términos en que fueron formuladas las pretensiones
- Ahora bien, incluso si se tiene presente, que este constituiría el primer ensayo recursivo, el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
