Auto Supremo AS/0138/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0138/2018-RRC

Fecha: 15-Mar-2018

1)El recurrente denuncia la violación de derechos y garantías constitucionales que constituyen defecto absoluto haciendo


Del recurso de casación y del Auto Supremo 566/2017-RA de 10 de agosto, se extraen los siguientes motivos a ser analizados en la presente Resolución, conforme al mandato establecido por los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ).

1)El recurrente denuncia la violación de derechos y garantías constitucionales que constituyen defecto absoluto haciendo referencia a la ausencia de convocatoria a audiencia de fundamentación del recurso de apelación restringida, afirmando que se transgredió normas procesales vinculadas al derecho al debido proceso, a la defensa y a la seguridad jurídica; ya que, se habría hecho caso omiso a la solicitud expresa de señalamiento de audiencia de fundamentación oral del recurso de apelación restringida, realizada por el entonces Fiscal adjunto a Sustancias Contraladas en sujeción al art. 411 del CPP, audiencia que no fue llevada a cabo, lo que provocó la presencia de defecto absoluto de acuerdo al art. 169 inc. 3) del CPP, aludiendo al cumplimiento de las normas procesales el Auto 562 de 1 de octubre de 2004, sobre el debido proceso el Auto Supremo 199/2013 de 11 de julio, advirtiendo también que se debe tomar en cuenta el art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), que garantiza el principio de impugnación, el que a raíz de no haberse señalado audiencia de fundamentación de alzada no se le otorgó la oportunidad de hacer conocer de forma directa y fundamentada todos los pormenores del recurso planteado; invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 149 de 2 de febrero de 2007 y 135/2014-RRC de 28 de abril