a) Que el auto de vista fue dictado sin que se haya pronunciado sobre los
De la revisión del recurso de casación de fs. 356 bis a 360 vta., se advierte que el demandado Pastor Zarcillo Gonzáles, ahora recurrente, en lo trascendental de dicho medio de impugnación, acusa lo siguiente:
a) Que el auto de vista fue dictado sin que se haya pronunciado sobre los puntos que fueron objeto de apelación, pues no se habría pronunciado sobre el fondo del recurso y sobre las pruebas erróneamente interpretadas en la sentencia, por lo que acusa que la resolución de alzada lesionaría sus derechos e intereses, además de violar una serie de disposiciones legales de orden público y de cumplimiento obligatorio
a) Que el auto de vista fue dictado sin que se haya pronunciado sobre los puntos que fueron objeto de apelación, pues no se habría pronunciado sobre el fondo del recurso y sobre las pruebas erróneamente interpretadas en la sentencia, por lo que acusa que la resolución de alzada lesionaría sus derechos e intereses, además de violar una serie de disposiciones legales de orden público y de cumplimiento obligatorio
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En base al memorial de demanda de fs
- Resolución de primera instancia que al haber sido recurridas en apelación por Pastor Zarcillo González
- CONSIDERANDO II
- En el marco de lo preceptuado en el art
- De igual forma, se observa que el recurrente, al margen de identificar la resolución impugnada,
- II.2. Contenido del recurso de casación
- a) Que el auto de vista fue dictado sin que se haya pronunciado sobre los
- b) En lo referente al recurso de apelación en el efecto diferido, refiere haber acusado
- c) Que el tribunal de alzada tenía la obligación de analizar el cumplimiento del art
- d) Que la citación al cónyuge daría lugar a un debido proceso y al derecho
- e) Asimismo, señala que debería repararse el daño al derecho a la defesa otorgando la
- En virtud a dichos reclamos el recurrente solicita la emisión de un auto supremo anulatorio,
- De estos fundamentos se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
