d) Que la citación al cónyuge daría lugar a un debido proceso y al derecho
d) Que la citación al cónyuge daría lugar a un debido proceso y al derecho a la defensa, dado que debería citarse a litisconsorcio necesario para que los efectos de la sentencia tenga una eficacia en su cumplimiento; en ese sentido refiere que los jueces de alzada debieron haber indicado que la tramitación del incidente tenga producción de prueba, que debieron ordenar que los demandantes expresamente renuncien a la efectos del título adquisitivo y que cambien su condición de detentadores a poseedores, y finalmente ordenarse la citación a la señora Felicia Daza Bejarano (esposa del recurrente)
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En base al memorial de demanda de fs
- Resolución de primera instancia que al haber sido recurridas en apelación por Pastor Zarcillo González
- CONSIDERANDO II
- En el marco de lo preceptuado en el art
- De igual forma, se observa que el recurrente, al margen de identificar la resolución impugnada,
- II.2. Contenido del recurso de casación
- a) Que el auto de vista fue dictado sin que se haya pronunciado sobre los
- b) En lo referente al recurso de apelación en el efecto diferido, refiere haber acusado
- c) Que el tribunal de alzada tenía la obligación de analizar el cumplimiento del art
- d) Que la citación al cónyuge daría lugar a un debido proceso y al derecho
- e) Asimismo, señala que debería repararse el daño al derecho a la defesa otorgando la
- En virtud a dichos reclamos el recurrente solicita la emisión de un auto supremo anulatorio,
- De estos fundamentos se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
