Auto Supremo AS/0172/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0172/2018-RA

Fecha: 21-Mar-2018

Con relación al tercer motivo, en el que reclama que el Auto de Vista recurrido


Respecto a la invocación del Auto Supremo 562 de 1 de octubre de 2004, el recurrente se limitó a citarlo, no ha explicado la contradicción con relación al Auto de Vista recurrido en los términos exigidos por el segundo párrafo del art. 417 del CPP, situación por el que no será considerado en la resolución de fondo.

Con relación al tercer motivo, en el que reclama que el Auto de Vista recurrido no respetó la verdad de lo ocurrido; puesto que, según el acta de juicio oral se acreditó que el presidente era el Dr. Diego Roca, quien llevó adelante parte del juicio; empero, fue apartado sin motivo, dictando la Sentencia como presidente el Dr. David Zeballos, en inobservancia del art. 330 del CPP; no obstante, el Auto de Vista recurrido, inicialmente alegó que el 2015, 2016 y 2017, existió inestabilidad de los funcionarios judiciales y que era cierto que pudo pasar ello, y posteriormente arguyó una incoherencia que contrariaría al acta de juicio, como que lo cierto era que en el juicio intervinieron tres jueces, que también dictaron la Sentencia; argumento, que no respondería a la verdad material acreditada mediante el acta, que fue elaborada por la Secretaria y refirió que durante el juicio se sustituyeron jueces; evidenciando, que los Vocales no respetaron la verdad de lo ocurrido, cuando resultó cierto que hubo el cambio indiscriminado de jueces durante el juicio, lo que provocaría su nulidad