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    Auto Supremo AS/0189/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0189/2018-RA

    Fecha: 21-Mar-2018

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    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Juan Carlos Salvador Antezana (fs
    • Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • Finalmente cita como precedente contradictorio el Auto Supremo “232/2007”, señalando que tanto el Juez de
    • 3)Bajo el acápite de “errónea aplicación e imposición de la pena” (sic), el recurrente denuncia
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
    • Como primer motivo del recurso de casación el recurrente básicamente denuncia, que el Juez de
    • En el segundo motivo de su recurso, el recurrente denuncia incongruencia omisiva incurrida por el
    • Respecto al tercer motivo, mediante el cual se denuncia la errónea aplicación e imposición de
    • El análisis del presente recurso permite a éste Tribunal concluir que el recurrente en su
    • Finalmente, cabe señalar que el recurrente en el “Otrosí Primero” de su memorial de casación,
    • En consecuencia, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con los requisitos
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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