Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
c)Por diligencia de 7 de noviembre de 2017, (fs. 1035), la parte recurrente fue notificada con el referido Auto de Vista; y, el 10 del mismo mes y año interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1)Bajo el acápite de “Errónea aplicación de la ley Sustantiva” (sic), señala el recurrente que el Juez de mérito al dictar en su contra la Sentencia de 10 años de presidio por el tipo penal de Tráfico de Sustancias Controladas; y, el Tribunal de alzada al confirmarla, se habrían apartado del principio de legalidad; puntualizando que el Juez de Sentencia no observó las reglas aplicables para la subsunción del tipo penal endilgado a su persona. Luego de señalar de manera disgregada 7 supuestas contradicciones en relación al Tnte. Miguel Vargas Torrico, como único testigo de cargo presentado por el Ministerio Público; puntualiza que tanto el Juez de mérito como el Tribunal de alzada, lo acusan por el simple hecho de estar acompañado de los imputados que fueron absueltos de culpa y pena en juicio; empero, indica que esa absolución lo favorece al existir poca documentación que lo incrimine, para lo cual hace referencia al principio in dubio pro reo
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Juan Carlos Salvador Antezana (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Finalmente cita como precedente contradictorio el Auto Supremo “232/2007”, señalando que tanto el Juez de
- 3)Bajo el acápite de “errónea aplicación e imposición de la pena” (sic), el recurrente denuncia
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Como primer motivo del recurso de casación el recurrente básicamente denuncia, que el Juez de
- En el segundo motivo de su recurso, el recurrente denuncia incongruencia omisiva incurrida por el
- Respecto al tercer motivo, mediante el cual se denuncia la errónea aplicación e imposición de
- El análisis del presente recurso permite a éste Tribunal concluir que el recurrente en su
- Finalmente, cabe señalar que el recurrente en el “Otrosí Primero” de su memorial de casación,
- En consecuencia, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con los requisitos
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
