Auto Supremo AS/0189/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0189/2018-RA

Fecha: 21-Mar-2018

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 189/2018-RA
Sucre, 21 de marzo de 2018

Expediente: Santa Cruz 168/2017
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Juan Carlos Salvador Antezana
Delito: Tráfico de Sustancias Controladas

RESULTANDO

Por memorial presentado el 10 de noviembre de 2017, cursante de fs. 1045 a 1050, Juan Carlos Salvador Antezana, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 61 de 21 de agosto de 2017, de fs. 1027 a 1034, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Rene Yabeta Salvador, Alberto Manuel Alarcón Montalván y el recurrente, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación art. 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008).

I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Por Sentencia 11/2017 de 21 de abril (fs. 561 a 571 vta.), el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Juan Carlos Salvador Antezana, autor y culpable, de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 de la Ley 1008, imponiendo la pena de diez años de presidio y diez mil días multa a razón de Bs. 1.- por día, más costas, averiguables en ejecución de sentencia; por otra parte, Rene Yabeta Salvador y Alberto Manuel Alarcón Montalván, fueron absueltos del delito endilgado en su contra