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    Auto Supremo AS/0195/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0195/2018-RA

    Fecha: 21-Mar-2018

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    • Por memorial presentado el 20 de noviembre de 2017, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b)Contra la referida Sentencia, el imputado Norberto Mayta Machaca, interpuso recurso de apelación restringida (fs
    • c)Por diligencia de 17 de noviembre de 2017 (fs
    • II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos se advierte que la parte recurrente fue notificada con el
    • Con relación al primer motivo, la parte recurrente hace mención a la anulación de la
    • En el motivo expuesto invoca en igual sentido que el anterior motivo, precedente constitucional, citando
    • El Tribunal de Apelación al ejercer el control jurisdiccional, está ejercitando también el control constitucional
    • La competencia del Tribunal de Apelación se encuentra delimitada por los puntos cuestionados en la
    • A su vez, la parte recurrente bajo el mismo motivo en cuanto a la concurrencia
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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