Por memorial presentado el 20 de noviembre de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 195/2018-RA
Sucre, 21 de marzo de 2018
Expediente: La Paz 93/2017
Parte Acusadora : Luis Demetrio Arcaine Alarcón
Parte Imputada: Norberto Mayta Machaca
Delitos : Despojo y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 20 de noviembre de 2017, cursante de fs. 379 a 386, Juana Margarita Arcaine Alarcón en representación legal de Luis Demetrio Arcaine Alarcón, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 12/2017 de 15 de septiembre, de fs. 372 a 376 vta., pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por la parte recurrente contra Norberto Mayta Machaca, por la presunta comisión de los delitos de Despojo, Alteración de Linderos y Perturbación de Posesión, previstos y sancionados por los arts. 351, 352 y 353 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 195/2018-RA
Sucre, 21 de marzo de 2018
Expediente: La Paz 93/2017
Parte Acusadora : Luis Demetrio Arcaine Alarcón
Parte Imputada: Norberto Mayta Machaca
Delitos : Despojo y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 20 de noviembre de 2017, cursante de fs. 379 a 386, Juana Margarita Arcaine Alarcón en representación legal de Luis Demetrio Arcaine Alarcón, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 12/2017 de 15 de septiembre, de fs. 372 a 376 vta., pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por la parte recurrente contra Norberto Mayta Machaca, por la presunta comisión de los delitos de Despojo, Alteración de Linderos y Perturbación de Posesión, previstos y sancionados por los arts. 351, 352 y 353 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 20 de noviembre de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la referida Sentencia, el imputado Norberto Mayta Machaca, interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c)Por diligencia de 17 de noviembre de 2017 (fs
- II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que la parte recurrente fue notificada con el
- Con relación al primer motivo, la parte recurrente hace mención a la anulación de la
- En el motivo expuesto invoca en igual sentido que el anterior motivo, precedente constitucional, citando
- El Tribunal de Apelación al ejercer el control jurisdiccional, está ejercitando también el control constitucional
- La competencia del Tribunal de Apelación se encuentra delimitada por los puntos cuestionados en la
- A su vez, la parte recurrente bajo el mismo motivo en cuanto a la concurrencia
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
