Auto Supremo AS/0198/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0198/2018-RA

Fecha: 21-Mar-2018

2)Cita el Auto Supremo 282/2014-RRC de 27 de junio, referido según la glosa transcrita en


2)Cita el Auto Supremo 282/2014-RRC de 27 de junio, referido según la glosa transcrita en su recurso, al deber de control de la valoración de la prueba por parte del Tribunal de alzada, señalando que el Auto de Vista impugnado contradice el precedente invocado pues no cumple el deber de controlar la correcta valoración de la prueba realizada por el Juez de mérito, limitándose a analizar el cumplimiento de formalidades y de la estructura de la Sentencia, sin analizar si la Resolución de instancia explica claramente los elementos del tipo, si fundamenta adecuadamente el valor otorgado a la prueba, y si las conclusiones en ella contenidas son acordes a la prueba o si por el contrario resultan arbitrarias y caprichosas. Asimismo; señala las conclusiones reclamadas en alzada, las cuales no aclaró el Tribunal de alzada si son resultado del análisis lógico y recto entendimiento de la prueba: “• Si aseverar que el texto NO es una “sindicación”, conlleva una conclusión respaldada o arbitraria; • Si cuando afirma que NO estarían presentes “las circunstancias” en que se habrían cometido los delitos que me sindican; realiza un análisis lógico de la prueba o se aparta de lo evidente; • Si al decir que la expresión no sería ofensiva ni existiría animus injuriandi; está respaldando su afirmación en un análisis lógico acorde a la sana crítica; • Si cuando dice que la sindicación no tendría relevancia jurídica; está analizando el texto a la luz de los criterios de la lógica y la sana critica; • Si cuando se afirma que NO estaría presente el DOLO, se está realizando una afirmación razonable y justa o se está apartando de una valoración adecuada de la prueba.” (sic)