Por memorial presentado el 22 de noviembre de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 202/2018-RA
Sucre, 21 de marzo de 2018
Expediente: La Paz 94/2017
Parte Acusadora: Iván Butrón Quisbert
Parte Imputada: Carmela Corine Mamani y otra
Delitos: Calumnia y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de noviembre de 2017, cursante de fs. 247 a 249, Carmela Corine Mamani y Neli Santa Butrón Corine, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 16/2017 de 10 de octubre, de fs. 236 a 239, pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Iván Butrón Quisbert contra las recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 283 a 287 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 202/2018-RA
Sucre, 21 de marzo de 2018
Expediente: La Paz 94/2017
Parte Acusadora: Iván Butrón Quisbert
Parte Imputada: Carmela Corine Mamani y otra
Delitos: Calumnia y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de noviembre de 2017, cursante de fs. 247 a 249, Carmela Corine Mamani y Neli Santa Butrón Corine, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 16/2017 de 10 de octubre, de fs. 236 a 239, pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Iván Butrón Quisbert contra las recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 283 a 287 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 22 de noviembre de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En ese sentido, se advierte que las recurrentes cuestionan la decisión del Tribunal de alzada
- No obstante lo referido, esta Sala Penal, ha establecido los presupuestos de flexibilización que se
- Se deja constancia, que si bien las recurrentes refieren que el Tribunal de alzada hubiese
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
