Sobre el tema este Tribunal por medio del Auto Supremo No 38 de 25 de
Sobre el tema este Tribunal por medio del Auto Supremo No 38 de 25 de marzo de 2012 señaló: “el principio de preclusión es entendido como el efecto de extinguir el derecho a realizar un acto procesal, tanto por prohibición legal, por haber dejado pasar la oportunidad de realizarlo o bien por ejecutar otro incompatible con aquél, principio procesal que debe estar establecido en la norma legal que permita aplicarla”
- El referido Auto de Vista, motivó a que María Manuela Gironda Carpio, interponga el
- En este contexto, sostuvo que se actuó con ligereza y parcialización al dictar el auto
- Indica que el auto de vista impugnado aplica mal y erróneamente la ley, ya que
- Jurisprudencia de Referencia al Recurso
- Concluyó solicitando case totalmente del Auto de Vista Nº 501/2016 y en caso de negativa
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- En cuanto al recurso de casación en el fondo, en el que la parte recurrente
- Resolviendo el recurso de casación en la forma, en el que la parte recurrente manifiesta
- Sobre el tema este Tribunal por medio del Auto Supremo No 38 de 25 de
- Asimismo, es preciso señalar que según la doctrina el proceso es concebido como la secuencia
- Ahora bien, efectivamente el proceso se desenvuelve en instancias o etapas, de modo que los
- Bajo estas premisas, se concluye que el auto de vista objeto del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
