En aplicación de la normativa citada, se establece lo siguiente
En aplicación de la normativa citada, se establece lo siguiente:
1.- Se verifica que el recurso, fue presentado dentro el plazo previsto por ley, porque el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado, el 19 de febrero de 2018 (fs. 60) y presentó su recurso el 28 del mismo mes y año; es decir, dentro de los ocho días previstos por el art. 210 del CPT, cumpliendo a cabalidad el art. 274-I-1 del CPC
1.- Se verifica que el recurso, fue presentado dentro el plazo previsto por ley, porque el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado, el 19 de febrero de 2018 (fs. 60) y presentó su recurso el 28 del mismo mes y año; es decir, dentro de los ocho días previstos por el art. 210 del CPT, cumpliendo a cabalidad el art. 274-I-1 del CPC
- I. CONSIDERACIONES LEGALES
- Por la disposición de la norma remisiva contenida en el art
- En mérito a ello corresponde aplicar el art
- II. ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD
- En aplicación de la normativa citada, se establece lo siguiente
- 2
- En conclusión, se advierte que el recurso de casación, contiene argumentos generales, incumpliendo la técnica
- Por consiguiente, al no haberse cumplido con la carga legal impuesta por el citado art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Por consiguiente, se declara la ejecutoria del Auto de Vista Nº 245/2017 de 31 de
- Se regula el honorario profesional en Bs. 1000, que mandará pagar el Juez a quo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase al Tribunal de origen.
