El sistema de Control Gubernamental, Ley N° 1178, en el capítulo correspondiente a la Responsabilidad
El sistema de Control Gubernamental, Ley N° 1178, en el capítulo correspondiente a la Responsabilidad por la Función Pública, estatuye que la responsabilidad por la función pública puede ser administrativa, ejecutiva, penal y civil. El art. 29 de la señalada Ley N° 1178 establece que la responsabilidad administrativa se originará cuando la acción u omisión contravenga el ordenamiento jurídico-administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria del servidor público; misma que se determinará por proceso interno de cada entidad
- Resolución Impugnada: Resolución de Recurso Jerárquico de 8 de marzo de 2016
- CONSIDERANDO
- Revisión de antecedentes administrativos, se advierte que el demandante solicita la revocatoria de la Resolución
- En su respuesta de fs
- El sistema de Control Gubernamental, Ley N° 1178, en el capítulo correspondiente a la Responsabilidad
- La Constitución Política del Estado a través de su art
- Por otra parte, la Ley de Procedimiento Administrativo N° 2341, prevé en su art
- De todo lo referido se evidencia que, la normativa aplicable a los procesos administrativos internos
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Procédase al desglose de la documentación presentada por el demandante y la autoridad demandada, quedando
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
