La Constitución Política del Estado a través de su art
En el marco del Sistema de Control Gubernamental, mediante Decreto Supremo N° 23318—, se aprobó y puso en vigencia el Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública, la que consigna las normas específicas que regulan la sustanciación de los procesos administrativos disciplinarios para la determinación de la responsabilidad administrativa o su exclusión.
La Constitución Política del Estado a través de su art. 122, establece que, son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen, así como los actos de las ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley, en el contexto de dicha prohibición, el art. 778 del Código de Procedimiento Civil, estatuye la procedencia del proceso contencioso administrativo exigiendo la existencia previa de oposición entre el interés público y el privado y cuando la persona que creyere lesionado o perjudicado su derecho privado, hubiere ocurrido previamente ante el Poder Ejecutivo reclamando expresamente del acto administrativo y agotando ante ese Poder todos los recursos de revisión modificación o revocatoria de la resolución que le hubiere afectado
- Resolución Impugnada: Resolución de Recurso Jerárquico de 8 de marzo de 2016
- CONSIDERANDO
- Revisión de antecedentes administrativos, se advierte que el demandante solicita la revocatoria de la Resolución
- En su respuesta de fs
- El sistema de Control Gubernamental, Ley N° 1178, en el capítulo correspondiente a la Responsabilidad
- La Constitución Política del Estado a través de su art
- Por otra parte, la Ley de Procedimiento Administrativo N° 2341, prevé en su art
- De todo lo referido se evidencia que, la normativa aplicable a los procesos administrativos internos
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Procédase al desglose de la documentación presentada por el demandante y la autoridad demandada, quedando
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
