A la solicitud de calificación de Renta de Vejez de Emilio Rodríguez Ledezma, la Comisión
A la solicitud de calificación de Renta de Vejez de Emilio Rodríguez Ledezma, la Comisión de Calificación de Renta de la Dirección de Pensiones dicta la Resolución 17602 de 13 de diciembre de 1999, otorgándole Renta Única de Vejez con Reducción de Edad en el equivalente al 79% de su promedio salarial, a ser cancelada desde junio de 1999, reconociendo 213 cotizaciones para ambos regímenes Básica y Complementaria, y la edad de 51 años, es decir con fecha de nacimiento 5 de abril de 1946 (fs. 34 de obrados); a raíz de la revisión de rentas en curso de pago, el SENASIR establece Inconsistencia de fecha de nacimiento del jubilado, por lo que la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto, dictó la Resolución 4688 de 5 de octubre de 2015, resolviendo el Recalculo de la Renta Única de Vejez y determina el monto indebidamente cobrado (fs. 84-87 de obrados); efectivizado en la Resolución 5392 de 6 de noviembre de 2015, que dispone el recalculo de la renta, en el equivalente al 79% del promedio salarial del jubilado, considerando como fecha de nacimiento del jubilado 5 de abril de 1946 y matrícula 470405-RLE; estableciendo el monto de Bs45.625.03 como cobro indebido, a ser descontado en el equivalente al 20% mensual de la renta recalculada, cursante a fs. 96 del expediente
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto
- A la solicitud de calificación de Renta de Vejez de Emilio Rodríguez Ledezma, la Comisión
- Resolución de la Comisión de Reclamación del SENASIR
- El rentista presenta recurso de reclamación, resuelto por la Comisión de Reclamación del SENASIR mediante
- Auto de Vista
- En apelación interpuesta por el rentista, la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso-Administrativa
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Contra el Auto de Vista, Claudia Maldonado Encinas en su condición de abogada regional Cochabamba
- Señala también que el Tribunal Supremo de Justicia analice en su integridad el art
- En el párrafo V del escrito de casación, señala como Disposiciones Legales Infringidas, el Art
- Solicita que el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista 281/2016 de 3
- III. ANÁLISIS JURÍDICO LEGAL, DOCTRINAL Y JURISPRUDENCIAL, APLICABLE AL CASO EN CONCRETO
- En el Estado Constitucional de Derecho vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
- De la revisión del proceso concluimos que el señor Emilio Rodríguez Ledezma es jubilado titular
- El art
- En ningún momento, el Tribunal Ad quem al emitir el Auto de Vista ahora recurrido,
- Con relación al art
- En el caso de autos, por el Certificado de nacimiento de fs
- En el párrafo V del escrito de recurso de casación, el SENASIR enumera varias disposiciones
- Por lo analizado, corresponde a este Tribunal aplicar la disposición comprendida en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Sin costas en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
