Auto Supremo AS/0214/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0214/2018

Fecha: 04-Abr-2018

Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal emitir fallo en la forma prevista por el

IV.2. En cuanto al reclamo sobre la supuesta omisión en la que incurre el Auto de Vista al no pronunciarse de la apelación interpuesta por el recurrente y concedida en el efecto diferido mediante providencia de fs. 160 se hace constar al respecto que su inactividad del mismo ante dicho recurso a momento de apelar en contra de la Sentencia implica renuncia de este recurso de apelación, máxime si tampoco ha existido ratificación de los argumentos expuestos en dicho recurso; es decir, que el recurrente en oportunidad de apelar la Sentencia debió argumentar la motivación de su apelación diferida o ratificarse en la misma, al no haber actuado oportunamente de esa forma dicha apelación no ha llegado a conocimiento del Tribunal de segunda instancia por lo que mal pudo pronunciarse sobre su contenido en consecuencia no es evidente el reclamo en cuestión.
Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal emitir fallo en la forma prevista por el art. 220.II del Código Procesal Civil