1) Acusó que el Tribunal de segunda instancia realizó una errónea interpretación del art
1) Acusó que el Tribunal de segunda instancia realizó una errónea interpretación del art. 138 del Código Civil cuando a criterio de las autoridades no estuvo en discusión el (lote b), lo que no es evidente ya que mediante la demanda interpuesta por Hilaria Bejarano Marca pretende adquirir la propiedad de los terrenos denominados Peñas Huaycku y otros en el sector Thica Loma, con una superficie de 21.722 m2., donde se encuentra, consiguientemente al haberle reconocido derecho propietario a la demandante sin haber demostrado la posesión no correspondía acoger su pretensión
- Partes: Hilaria Bejarano Marca. c/ Catalina Marca Colque de Oyola y otros
- Proceso: Usucapión decenal
- Distrito: Potosí
- Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 101/2016 de fecha 18 de julio,
- Conforme a lo previsto en el art
- 1) Acusó que el Tribunal de segunda instancia realizó una errónea interpretación del art
- 2) Indicó que los antecedentes del terreno objeto de la litis deviene de un testamento
- De lo expuesto precedentemente solicita que se case la resolución impugnada conforme lo establece el
- II.2.2. Del recurso de Hilaria Bejarano Marca cursante de fs. 624 a 628 vta
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
