En cuanto al puntos 1 del recurso de casación, se tiene que este está vinculado
En cuanto al puntos 1 del recurso de casación, se tiene que este está vinculado a la apelación interpuesta en el efecto diferido en contra del auto de fs. 84 a 85 de obrados, por lo que corresponde remitirnos a los argumentos expresados en el punto III.2 de la doctrina aplicable, donde este Tribunal partiendo de la naturaleza formal del recurso de casación, ha señalado que contra los Autos de Vista que confirmen apelaciones de autos o resoluciones concedidas en el efecto diferido, no es procedente el recurso de casación, al no constituir resoluciones de carácter definitivo, conforme lo establecido por el art. 211.I de la Ley Nº 439, en tal sentido, tomando en cuenta que el auto de fs. 84 a 85, resuelve las excepciones previas de obscuridad y contradicción e impersonería de los apoderados del demandante, que fuere confirmada por el Auto de Vista recurrido, no corresponde ingresar al análisis de los argumentos expuestos en el referido punto, al no enmarcarse el mismo dentro de los parámetros de procedencia que establece el art. 270 de la Ley Nº 439, máxime si este no ataca lo sustancial del proceso, por lo que no corresponde realizar mayores consideraciones al respecto
- Proceso: Anulabilidad de contratos
- CONSIDERANDO I
- Finalmente en cuanto al segundo reclamo contra la sentencia, referente a la valoración de la
- Esta resolución fue impugnada mediante el recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II
- 3
- Por lo expuesto solicita se anule obrados hasta el vicio más antiguo o en su
- 1
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- Por lo que solicita se declare infundado el referido recurso de casación y sea con
- CONSIDERANDO III
- Sobre este particular, la SC 0012/2006-R de 4 de enero, ha razonado: “La motivación de
- A ese respecto la SC 2023/2010-R de 9 de noviembre también estableció: “…la motivación no
- En ese mismo entendido, en la SCP Nº 0903/2012 de 22 de agosto, se ha
- Finalmente la SCP 0075/2016-S3 de 8 de enero, sobre este tema ha sintetizado señalando: “…es
- Por lo expuesto se puede colegir, que para el cumplimiento del debido proceso en sus
- III.2. De la procedencia del recurso de casación de la apelación en efecto diferido
- De lo expuesto, se puede inferir que el recurso de casación tiene como una de
- Entonces, se puede concluir señalando que el recurso de casación es un medio impugnatorio vertical
- A mayor ilustración y a los efectos de tener un entendimiento certero sobre lo que
- CONSIDERANDO IV
- En cuanto al puntos 1 del recurso de casación, se tiene que este está vinculado
- En lo que concierne a los puntos 2 y 4 del recurso de casación, la
- Al respecto, de la revisión del Auto de Vista que cursa en fs
- Finalmente, respecto al punto 3, la recurrente observa error de hecho y de derecho en
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.
