Por lo señalado, ésta Sala no encuentra evidente la infracción normativa denunciada, al evidenciarse en
Es así que esta prueba a la que se hace referencia, conforme a los fundamentos jurídicos del presente fallo, debió ser valorado conforme lo permite el art. 14 del D.S. Nº 27543 de fecha 31 de mayo de 2004, al no hacerlo se vulneró el principio de verdad material, ya que dicha prueba demuestra inequívocamente que la asegurada trabajó y aportó en esos periodos, no considerados por el SENASIR.
Por lo señalado, ésta Sala no encuentra evidente la infracción normativa denunciada, al evidenciarse en contrario el apego de la resolución impugnada a la norma positiva vigente, correspondiendo por ello fallar conforme dispone el art. 220.II) del Código Procesal Civil, aplicable por mandato de la norma remisiva contenida en los arts. 633 del Reglamento al Código de Seguridad Social
Por lo señalado, ésta Sala no encuentra evidente la infracción normativa denunciada, al evidenciarse en contrario el apego de la resolución impugnada a la norma positiva vigente, correspondiendo por ello fallar conforme dispone el art. 220.II) del Código Procesal Civil, aplicable por mandato de la norma remisiva contenida en los arts. 633 del Reglamento al Código de Seguridad Social
- Materia: Social - Compensación de Cotizaciones
- I: ANTECEDENTES PROCESALES
- Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones del SENASIR
- Resolución de la Comisión de Reclamación del SENASIR
- En virtud de ello, la beneficiaria interpuso el recurso de reclamación cursante a fs
- Interpuesto el recurso de apelación cursante a fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, el Servicio Nacional del Sistema de Reparto representado
- Interpuesto el recurso de casación en el fondo, el recurrente establece que el Auto de
- En tal sentido el SENASIR considera que opero la preclusión, por cuanto la actora debió
- Agrega, que el SENASIR aplicó de manera correcta la normativa que rige la materia, por
- En conclusión, solicita al Tribunal Supremo de Justicia, que deliberando en el fondo; CASE el
- Contestado el recurso de casación por la Sra
- Agrega que el recurso no cumple con la exigencia del art
- Por último, indica que no existe un daño causado al Estado, por cuanto su persona
- III: FUNDAMENTOS JURÍDICOS, DOCTRINALES Y JURISPRUDENCIALES DEL FALLO
- En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
- En ese contexto, el art
- Del contexto descrito es factible extraer que los derechos a la seguridad social constituyen un
- Del principio de verdad material
- El art
- Más adelante el Auto Supremo señala: “Por lo expuesto, y sobre la base del art
- IV: ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
- En ese sentido, de la revisión de actuados en sede administrativa, se observa con claridad,
- Por lo señalado, ésta Sala no encuentra evidente la infracción normativa denunciada, al evidenciarse en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
