Auto Supremo AS/0354/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0354/2018-RA

Fecha: 22-May-2018

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Previo a la sustanciación del proceso incurso fue emitida la Sentencia 07/2014 de 30 de noviembre (fs. 2777 a 2799 vta.), el Tribunal de Sentencia de Padilla, del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a: Alfredo Padilla Alberio, autor de la comisión del delito de Peculado, Incumplimiento de Deberes y Conducta Antieconómica, previstos por los arts. 142, 154 y 224 del CP, imponiendo la pena de siete años y seis meses de presidio y absuelto de los delitos de Anticipación y Prolongación de Funciones, Ejercicio Indebido de Profesión, Uso Indebido de Influencias y Delitos contra la Salud Pública; a Pablo Vladimir Ovando Cossio, responsable de los delitos de Incumplimiento de Deberes y Conducta Antieconómica, sancionados por los arts. 154 y 224 segundo párrafo del CP, imponiendo con la pena de un año y tres meses de reclusión y absuelto de los delitos de Resoluciones Contrarias a la Constitución y a las Leyes, Nombramientos Ilegales, Uso Indebido de Influencias y Delitos contra la Salud Pública; a Mario Cerezo Garnica, culpable de los delitos de Incumplimiento de Deberes y Conducta Antieconómica, tipificados por los arts. 154 y 224 segundo párrafo del CP, imponiendo la pena de un año y tres meses de reclusión y absuelto de los delitos de Resoluciones Contrarias a la Constitución y a las Leyes, Uso Indebido de Influencias y Delitos contra la Salud Pública, todos fueron sancionados con el pago de costas daños y perjuicios a calificarse en ejecución de sentencia