Auto Supremo AS/0366/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0366/2018

Fecha: 07-May-2018

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iii.Error de derecho al no haberse otorgado la fe probatoria asignada por los arts. 1.287, 1.289, 1.309 y 1.311 del Código Civil a las pruebas presentadas, las cuales tampoco fueron valoradas por el Ad quem conforme prevé el art. 145 del Código Procesal Civil, de acuerdo al valor que les otorga la ley, se produjo el error de derecho en atención a que el tribunal de apelación, en aplicación del art. 264-1) del CPC, pudo utilizar su facultad de mejor proveer, todo con el propósito de impartir una justicia transparente en el que se materialice la verdad material