El Auto Supremo: 1313/2016-RI, de 15 de noviembre 2016, ha razonado sobre el tema en
El Auto Supremo: 1313/2016-RI, de 15 de noviembre 2016, ha razonado sobre el tema en cuestión en sentido de que: “…refiere que interpone recurso de casación…vinculados a refutar la decisión de fondo asumida en la causa… Sin embargo, no advierte que el Auto de Vista Nº 285/2016, en su parte decisoria ha concretado la inadmisibilidad del recurso de apelación por falta de expresión de agravios, es decir, que el Ad quem al realizar el examen de forma del recurso de apelación ha concluido por la inadmisibilidad del recurso por falta de expresión de agravios, por lo que…se entiende que no ha ingresado a considerar la decisión de fondo de la Sentencia, en ese antecedente correspondía a la parte ahora recurrente cuestionar en la forma los fundamentos y la determinación asumida en el Auto de Vista y vincular su denuncia al error in procedendo, peticionar en definitiva la nulidad de la Resolución de Vista, lo que no se ha hecho en la especie”
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- 3
- CONSIDERANDO II
- 2
- 4
- Por lo expuesto solicitan la emisión de un auto supremo que case el Auto de
- Respecto al único motivo de casación expuesto en cinco puntos en el fondo y en
- Por lo expuesto solicita se declare Infundado el recurso de casación
- CONSIDERANDO III
- En mérito a la resolución a dictarse corresponde desarrollar la doctrina aplicable al caso
- El Auto Supremo: 1313/2016-RI, de 15 de noviembre 2016, ha razonado sobre el tema en
- En relación a lo anterior, es también preciso señalar que la Ley Nº 439 del
- III.2. Causales y requisitos de procedencia del recurso de casación
- El art
- II
- III
- Por su parte el art
- En relación a lo anterior, corresponde especificar que la uniforme línea jurisprudencial asumida por éste
- CONSIDERANDO IV
- Respecto a la recurribilidad de la resolución impugnada es preciso señalar los siguientes aspectos
- En el caso en cuestión, la recurrente Luisa Mollinedo Aguilar en su escrito de impugnación
- Sin embargo, no advierte que el Auto de Vista Nº 113/2018 de fecha 16 de
- De lo analizado precedentemente se infiere que la recurrente no ha comprendido la naturaleza de
- En esa confusión, el ahora recurrente no vincula su denuncia a las causales de casación
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por los
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Se regula honorarios para el profesional abogado que contestó el recurso, en la suma de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
