Auto Supremo AS/0416/2018-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0416/2018-RI

Fecha: 28-May-2018

Respecto al único motivo de casación expuesto en cinco puntos en el fondo y en

RESPUESTA AL RECURSO DE CASACIÓN
En cuanto a los presupuestos exigidos por el art. 274.I del CPC, advierte el demandante a momento de responder el recurso de casación que, se la recurrente cuando advierte que se hubieran vulnerado normas constitucionales simplemente se limita a citarlas sin establecer la vertiente que se hubiera infringido, lo mismo ocurre cuando se toca sobre la mala apreciación de la prueba porque no explica cuales fueran las reglas que vulneradas y expresa que la inadmisibilidad del recurso de apelación fue producto de la ausencia de la técnica recursiva del recurso de apelación.
Respecto al único motivo de casación expuesto en cinco puntos en el fondo y en la forma señala que del recurso se observa una ambigüedad total por cuanto no se establece de manera clara si recurre del fondo o de la forma; dando respuesta indica que la recurrente para acreditar su fundamento altera y cercena la valoración realizada por el juez de primera instancia basado en las reglas de la sana critica conforme el art. 145 del CPC, cuando de la prueba testifical, de la inspección judicial y la prueba documental cursante en obrados, se puede establecer que no hubo mala apreciación de la prueba que pueda vulnerar los arts. 1286, 1287, 1289.I y 1290.I del CC, y arts. 149, 150, 213.I del CPC