Del análisis de la causa, se advierte que el recurrente, opuso las excepciones previas de
Del análisis de la causa, se advierte que el recurrente, opuso las excepciones previas de incompetencia e impersoneria, las que se encuentran insertas y reguladas en el Art. 127 Inc. a) del Código Procesal del Trabajo (CPT), las que fueron resueltas por el Juez A quo, mediante Auto Interlocutorio de fecha 19 de Octubre de 2016, declarando improbadas las mismas; por consiguiente y analizando el efecto de esta resolución se evidencia que la misma constituye un auto interlocutorio de carácter simple. Contra dicha resolución, la parte demandada, planteó recurso de apelación, el cual fue confirmado mediante el Auto de Vista Nº 05 de 16 de Enero de 2017 (en realidad es del 2018, conforme a antecedentes), emitido por los Vocales de la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Primera del Tribunal Departamental de la Santa Cruz, lo que significa que la resolución interlocutoria simple quedo plenamente confirmada
- Demandados
- I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- De antecedentes se evidencia, que en tiempo y forma oportuna, la entidad demandada interpuso las
- Ante la determinación del Auto de Vista, la entidad demandada, interpone recurso de casación, sin
- II: FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En ese contexto, respecto a las excepciones previas, es necesario establecer que conforme ilustra la
- Sobre el tema en cuestión, a los efectos de tener un entendimiento certero, se debe
- En este contexto, se advierte que las cuestiones previas que planteó la empresa demandada, al
- Del análisis de la causa, se advierte que el recurrente, opuso las excepciones previas de
- En ese sentido, de acuerdo al principio de impugnación y de las resoluciones que pueden
- Sobre el tema el Art
- La razón por la cual se considera a la casación como un medio extraordinario de
- Todos estos argumentos y previsiones legales hacen que este Tribunal llegue a la conclusión de
- Un razonamiento contrario a lo manifestado, es decir el permitir que un auto interlocutorio simple
- Este mismo análisis debió ser realizado por el Tribunal de Apelación, conforme se lo exige
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Se llama la atención a los Vocales de la Sala en materia de Trabajo y
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.-
