Auto Supremo AS/0263/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0263/2018

Fecha: 18-Jun-2018

Este razonamiento, fue bien entendido por el Juez de Instancia en la sentencia pronunciada, y

Este razonamiento, fue bien entendido por el Juez de Instancia en la sentencia pronunciada, y ratificado por el Tribunal de Alzada; por cuanto la demanda interpuesta fue declarada probada en parte y en la liquidación que se realiza, solo se reconoce como tiempo de trabajo 2 años y 8 meses, que se computan desde el 18 de diciembre de 2012, de los cuales si le corresponde beneficios sociales; de lo que se concluye que corresponde el pago de vacación e indemnización, solo por el tiempo en que estuvo amparada por la Ley General del Trabajo y conforme se dispuso en Sentencia