Auto Supremo AS/0266/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0266/2018

Fecha: 18-Jun-2018

El demandante manifiesta con relación al pago de sueldos de los meses de enero, febrero

El demandante manifiesta con relación al pago de sueldos de los meses de enero, febrero y 23 días de marzo de 2011, que el Tribunal Ad quem no valoró la prueba presentada con la demanda, sin especificar concretamente a qué prueba hace referencia; sin embargo, de la revisión de obrados se evidencia que de fs. 5 a 8 corre la fotocopia simple del Contrato de Servicio de Consultoría Individual de Línea Nº 263/2011 (Responsable T/C para el Adulto Mayor), además de la fotocopia del Testimonio 111/2011 del Instrumento Público que protocolizó dicho contrato; que establecen, la prestación de servicios desde el 22 de febrero hasta el 30 de diciembre de 2011, prueba literal que demuestra sin lugar a dudas la fecha de inicio y conclusión de funciones del demandante, por lo que mal puede alegar vulneración de derechos, si consideramos que la verdad de los hechos acreditan estos extremos, siempre en busca de la justicia material, eficaz y eficiente, más si existe la obligatoriedad de aplicar el principio constitucional de verdad material; por lo que no es evidente la falta de valoración de la prueba alegada por el demandante